General

Guía: preguntas y respuestas sobre la declaración de la renta para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

¿Cuánto tiempo tiene la Seguridad Social para aprobar o denegar el Ingreso Mínimo Vital?

El pasado miércoles 7 de abril comenzó la campaña de la Renta de 2020. Esta, es la primera desde que empezó a funcionar el Ingreso Mínimo Vital, en junio de 2020. La Agencia Tributaria ha recordado a los beneficiarios de esta prestación, que según e estableció en el Real Decreto-Ley 20/2020, tanto ellos como los integrantes de su unidad de convivencia, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta en esta campaña, independientemente de su nivel de ingresos.

En esta guía aclararemos algunas de las preguntas y respuestas para proporcionar toda la información necesaria a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital sobre la declaración de la renta.

¿Cuándo tengo que presentar la declaración?

El plazo para presentar tu declaración de la renta comenzó el pasado 7 de abril y termina el 30 de junio. El 4 de mayo comienzan las citas previas telefónicas, y el 27 de mayo las citas previas para asistencia presencial.

¿Tienen que presentar la declaración todos los miembros de mi unidad de convivencia?

Sí, todos los miembros de la unidad de convivencia del beneficiario del Ingreso Mínimo Vital tendrán que presentar la declaración. Esto también incluye a los menores de edad.

Para las familias con hijos menores, que los progenitores estén casados, se recomienda hacer una declaración conjunta de todos los miembros de la familia. En el caso de que los progenitores no estén casados, uno tendrá que presentar la declaración conjunta con los hijos, y el otro, una individual.

¿Qué documentación se necesita para presentar la declaración?

Para presentar la declaración solamente necesitarás el DNI y el borrador de la declaración que puedes solicitar a la Agencia Tributaria. En la página de Renta Web encontrarás toda la información necesaria, y es allí donde debes volcar toda tu información y confirmar la declaración.

¿Qué puedo hacer si no se hacer la declaración?

La Agencia Tributaria da la opción de que te hagan ellos la declaración, siempre que lo solicites bajo previa petición de cita. Para ello, se ha diseñado una campaña en la que los perceptores puedan solicitar el borrador de la declaración a la Agencia Tributaria, completarlo, y posteriormente confirmarlo de forma telemática.

¿Debo pagar impuestos por lo que recibo del Ingreso Mínimo Vital?

No, las cuantías recibidas por esta prestación están exentas del pago de impuestos sobre la renta. Esto será así siempre qué esta, junto con otro tipo de ayudas como rentas mínimas de Comunidades Autónomas y similares, no superen anualmente el 1,5 del IPREM, fijado actualmente en 11.279,39 euros.

¿Hay alguna línea de ayuda telefónica o presencial?

La Agencia Tributaria ha habilitado las siguientes líneas que comenzarán a funcionar en mayo:

  • Línea de cita previa para atención telefónica: comenzará a funcionar el 4 de mayo a través del siguiente número: 901 12 12 24.
  • Línea de solicitud de cita previa para asistencia presencial: comenzará a funcionar el 27 de mayo a través del siguiente número: 901 22 33 44.

A parte de esta guía de preguntas y respuestas sobre la declaración de la renta para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, en el siguiente artículo, podrás conocer más a fondo alguna de todas estas cuestiones, como dónde realizar la declaración, la documentación requerida y un vídeo explicativo:

Ingreso Mínimo Vital: comienza el plazo para presentar la declaración de la renta.

Deja un comentario.

13 Comentarios