El pasado jueves el estado de solicitud cambio masivamente para miles de ciudadanos. Muchos se llevaron una sorpresa al ver que su estado que había permanecido durante meses en estudio o acualizada había cambiado, con designaciones como «Denegado por inadmisión», «Solicitud anulada», «Revisión de duplicidad», «Captura de documentos y modificaciones» o «Estudio del derecho» entre otros.
Los estados que ahora se pueden presentar a los ciudadanos son los siguientes:
- En estudio
- Petición de documentación
- Archivada por falta de documentación
- Archivada por duplicidad
- Aprobada
- Denegada
- Denegada por Inadmisión
La información de los expedientes se actualizará todos los viernes y reflejará el estado de tramitación de la solicitud que tenga ese mismo día.
Que significan los nuevos estados
A continuación vamos a intentar aclarar lo que significan esos nuevos estados.
Al parecer son designaciones internas, para organizar los expedientes. Los propios funcionarios no se ponen de acuerdo acerca de los significados de las nomenclaturas. Por lo que os aconsejamos os toméis estos significados como un hilo de por donde pueden ir las cosas
- Denegado por inadmisión: en principio hay que entender que la solicitud está desestimada. Hay que esperar a recibir la carta o mail para saber la causa o motivos (supera el ingreso, patrimonio, etc)
- Solicitud anulada: hay que entender que la solicitud esta desestimada por falta de datos fundamentales (falta algún nombre de los integrantes de la unidad de convivencia..) o porque nos han requeridos documentos y ha transcurrido el plazo sin aportarlos
- Revisión de duplicidad: en este caso se trata del estudio o resolución por parte del INSS porque han detectado que existen varias solicitudes de una misma persona o unidad de convivencia
- Estudio del derecho: se produce cuando el INSS solicita información a otras administraciones (agencia tributaria, SEPE…)
Cadena de errores
Ante esta información lo que vale a efectos jurídicos es la carta o mail a través de la cual se resolverá nuestra solicitud y en caso de que esta esté denegada y no estemos conformes podremos reclamar. Ya que en esta notificación se indicaría el motivo por el cual nos denegarían esta prestación y por el que podríamos iniciar la reclamación. Y es que en los últimos meses nos hemos encontrado con multitud de errores entre los que destacan:
- Hay personas que han recibido un sms denegando el IMV y luego una carta o el mail otorgando el IMV.
- Se han concedido solicitudes a personas que no necesitaban el IMV. Muchas de estas personas han denunciado esta situación y han procedido a hacer la devolución del importe concedido.
Como consultar el estado
Desde hace algunos días, quienes hayan pedido el IMV a través del formulario web (sin certificado digital) disponible en este enlace, podrán consultar el estado de su solicitud en la opción del formulario web “Aportar documentación / Consulta de Estado”.


Antes de que se genere el código visualizará una pantalla de revisión con los datos introducidos que recomendamos que revise adecuadamente para evitar errores y retrasos en la tramitación. Una vez confirmados los datos, aparecerá el código que deberemos apuntar y conservar para futuras consultas.
También puedes consultar el Simulador del ingreso mínimo vital para saber que necesitas para solicitarlo y si eres beneficiario.