Si has recibido una notificación de que tu solicitud para el Ingreso Mínimo Vital ha sido desestimada o no has recibido respuesta pasados 6 meses, es importante conocer los motivos que hay detrás de las denegaciones.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que tiene como objetivo garantizar unos ingresos mínimos a aquellos ciudadanos que se encuentran en riesgo de pobreza y exclusión social. Sin embargo, según un informe de la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales, tres de cada cuatro solicitudes son denegadas. Es decir, cerca del 10% de personas que han solicitado esta prestación, se han podido beneficiar de ella.
Motivos por los que te pueden denegar la prestación
En muchos casos, la gran cantidad de solicitudes desestimadas se debe a duplicidades, a no cumplir con los requisitos para optar a la prestación o a haber cometido fallos a la hora de realizar la solicitud.
Entre las principales causas por las que se desestiman las solicitudes está el no cumplimiento de los requisitos.
- Requisitos de carácter personal
Para solicitar el IMV es necesario cumplir una serie de requisitos personales, como tener nacionalidad española o residir en España de forma continuada durante al menos un año. Además, se deben cumplir ciertos requisitos relacionados con la edad y la composición del hogar.
- Requisitos económicos
Para optar al Ingreso Mínimo Vital, los ingresos de la unidad familiar no pueden superar determinados límites.
Estos límites máximos se calcula en función de la cantidad de ingresos y rentas que se hayan percibido durante el año anterior. Si el promedio mensual de estos ingresos es inferior en al menos 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el Ingreso Mínimo Vital, entonces se cumple el requisito para poder recibir la ayuda.
Por ejemplo, si una familia está compuesta por dos adultos y un menor y el Ingreso Mínimo Vital garantiza una renta mínima de 904,60 euros al mes, entonces la suma de los ingresos de todos los miembros de la familia no debe superar los 894,60 euros al mes (904, 60 euros menos 10 euros). Si este requisito no se cumple, la prestación sera denegada.


- Requisitos patrimoniales
Del mismo modo, también se deben cumplir ciertos requisitos patrimoniales. Por ejemplo para 2023, en el caso de un adulto solo, esto equivale a 20.353,62 euros. Esta cuantía aumenta progresivamente hasta un máximo de 52.919,41 euros para cuatro adultos y un menor o más.
Otras causas
Además de los requisitos mencionados anteriormente, existen otras causas que pueden llevar a la denegación del Ingreso Mínimo Vital. Algunas de ellas son:
- Duplicidad y falta de documentación
En ocasiones, los solicitantes pueden presentar más de una solicitud, lo que provoca la duplicidad y, en consecuencia, la denegación de todas las solicitudes. Además la fata de documentación es otro de los motivos más habituales por los que se nos puede haber denegado la solicitud del IMV.
- Errores en los datos personales y unidad de convivencia
Puede darse el caso de que los datos que la Seguridad Social tiene sobre el solicitante del Ingreso Mínimo Vital y su unidad de convivencia sean erróneos. Esto puede afectar a la concesión de la ayuda y a la cuantía a la que se tenga derecho. Para solucionar este problema, se recomienda presentar una reclamación y aportar la documentación necesaria para corregir los errores. Es importante hacer esto lo antes posible para evitar retrasos en la obtención de la ayuda.
- Cuenta bancaria
Para recibir el pago, es necesario que la persona que solicita el IMV sea el titular de la cuenta, no basta con ser autorizado. La administración es muy clara al respecto, y establece que «el receptor de una pensión o renta abonada por la Seguridad Social debe ser el único titular de la cuenta bancaria». Aunque es posible que en la cuenta aparezcan otras personas autorizadas, ninguna de ellas puede ser el titular de la cuenta.
¿Qué hacer en caso de denegación de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital?
Si nuestra solicitud del IMV ha sido denegada (se nos notificará por carta certificada explicando los motivos por los que se ha denegado) y no estamos estamos de acuerdo con la resolución, podemos interponer una reclamación previa en el plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación de la resolución.
Para ello, debemos enviar un escrito a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el buzón del INSS, o presentarlo en persona en las oficinas, adjuntando documentos que demuestren que los datos aportados por la administración son erróneos. En el escrito, debemos incluir nuestros datos personales, explicar claramente el motivo de la reclamación, mencionar la provincia correspondiente y la fecha y lugar de presentación, y aportar los documentos necesarios.

No existe un formulario específico para presentar la reclamación, pero es importante que el archivo no supere los 10 MB y que se envíe en formato PDF. Si necesitamos ayuda para presentar la reclamación, podemos acudir a servicios sociales de nuestra comunidad, ONGs y otras entidades del tercer sector de acción social.
En caso de querer presentar la reclamación de manera presencial, necesitamos solicitar cita previa. También puedes llamar al teléfono de atención al ciudadano 900 202 222 para obtener información adicional.