Ayudas y prestaciones

La nueva ayuda de 200 euros disponible a partir del 15 de febrero

Campaña de la Renta 2022

Ya tenemos fecha para presentar la solicitud de la nueva ayuda de 200 euros incluida en el sexto paquete de medidas aprobado en Consejo de Ministros el pasado martes 27 de diciembre. El texto publicado en el BOE hace referencia a «una serie de medidas orientadas a contener los precios» con el fin de paliar la inflación, apoyando a los colectivos más vulnerables.

Entre estas medidas aprobadas destaca el cheque de 200 euros para la cesta de la compra. Esta ayuda esta destinado a familias con ingresos inferiores a 27.000 euros y cuyo patrimonio no supere los 75.000 euros. Esta nueva ayuda se abonará mediante un pago único y podrán beneficiarse cerca de 4,2 millones de familias.

Plazos para solicitar la nueva ayuda de 200 euros y cómo pedirlo

La nueva ayuda de 200 euros podrá solicitarse del 15 de febrero al 31 de marzo de 2023 desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

La nueva ayuda de 200 euros podrá solicitarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria
A partir del 15 de febrero se podrá solicitar la nueva ayuda de 200 euros desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria

Así, todos aquellos que cumplan con los requisitos podrán solicitar la ayuda. Para ello habrá que rellenar un formulario sin necesidad de aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.

¿Cómo se va a pagar la ayuda?

La ayuda se abonará mediante transferencia bancaria.

Por este motivo, es imprescindible indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda. Pasados tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Excluidos de la ayuda

Tal y como aparece reflejado en el decreto publicado en el BOE, no tendrán derecho a la ayuda quienes:

  • Reciban el Ingreso Mínimo Vital o
  • Reciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.

El Ejecutivo justifica esta decisión, argumentado que estos colectivos se están beneficiando de otro tipo de ayudas, en 2023 tanto las pensiones como el IMV verán incrementadas sus cuantías.

Si necesitas información general puedes llamar al teléfono de Información Tributaria Básica: 91 554 87 70 o 901 33 55 33. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas

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