Ayudas y prestaciones General

Qué hacer si te han denegado el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital aumentará en 2022

Si has solicitado la ayuda del Ingreso Mínimo Vital y te la han denegado, puede deberse a varios motivos. Desde que esta prestación está activa, ya se han denegado más de dos tercios de las solicitudes. Según el INSS (Instituto de la Seguridad Social) se debe principalmente a superar el límite de rentas y/o patrimonio, a presentar las solicitudes por duplicado o simplemente a no rellenar correctamente el formulario.

Ante esto, la Seguridad Social, con el objetivo de atender al mayor número de solicitudes y poder resolver todos los problemas posibles, ha informado que si te han denegado el IMV, se puede presentar una reclamación previa. Para hacerlo, tendrás que identificarte y explicar las causas de la reclamación mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social o a través del buzón del INSS.

Además de esto, son muchas las personas que dudan si es mejor reclamar o presentar la declaración de nuevo desde cero. A continuación te explicaremos qué hacer si te han denegado el Ingreso Mínimo Vital y cuál es la mejor opción.

¿Es mejor reclamar o solicitar la prestación otra vez?

Para poder contestar a esta pregunta, primero debes saber cuál es el motivo de que te hayan denegado la prestación. Este te lo indicarán en la resolución de tu solicitud. Si te la han denegado por superar el límite de renta y/o patrimonio, y has realizado perfectamente los cálculos y no estás de acuerdo, entonces la mejor opción será reclamar. Pero sí te la han denegado por presentar las solicitudes por duplicado, o por no rellenar correctamente el formulario, entonces la mejor opción será volver a intentarlo presentando la solicitud de nuevo.

Qué hacer si te han denegado el Ingreso Mínimo Vital
Pulsa para ampliar la imagen.

La gran diferencia entre ambas opciones es el tiempo. Reclamando, el INSS dispondrá de 45 días hábiles para contestar. En cambio realizándola de nuevo, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses. Es importante recalcar que en el caso de presentar la solicitud de nuevo y que ésta vuelva a ser rechazada, tendrás la oportunidad de reclamar.

Cómo presentar la reclamación si me han denegado el IMV

Una vez hayas recibido la notificación de la resolución a tu solicitud, dispondrás de 30 días para presentar la reclamación ante la Seguridad Social. Se deberá hacer siempre por escrito y presentarse en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en el buzón del INSS. Otra opción para presentarla es de manera presencial en las oficinas de la Seguridad Social o a través del envío desde una oficina de Correos de un correo administrativo. No existe un modelo de formulario de reclamación específico, pero el escrito que se envié a modo de reclamación debe contener siempre los siguientes datos:

  • Datos personales. Nombre y apellidos, DNI, domicilio, número de teléfono y correo electrónico.
  • Explicar el motivo de la reclamación.
  • Especificar la provincia del trámite correspondiente a la Dirección Provincial del INSS a la que se dirija la documentación.
  • Mencionar la fecha y lugar en la que se presenta el documento escrito.
  • Cómo recomendación que el INSS tiene muy en cuenta, es conveniente enviar la reclamación en formado PDF y que este no supere los 10 MB.

El INSS dispone de un plazo para contestar de 45 días. En el caso de que en ese tiempo no tengas contestación, se puede entender que ha sido denegada por silencio administrativo. Por otro lado, en el caso de que no estés de acuerdo con el silencio administrativo, una vez cumplido el plazo podrás interponer una demanda judicial.

Sending
Calificaciones
4.64 (11 votos)

Deja un comentario.

14 Comentarios