Ayudas y prestaciones

¿Por qué me han bajado el Ingreso Mínimo Vital sin avisar?

bajada el Ingreso Mínimo Vital

¿Por qué me han bajado el Ingreso Mínimo Vital?. El ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica que se creó en 2020 para ayudar a las personas y familias en situación de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social. Según la Seguridad Social, más de un millón de personas reciben el IMV en España. Sin embargo, muchos beneficiarios se han encontrado con que la cuantía que reciben ha disminuido o incluso se les ha retirado. ¿A qué se debe esto?

Motivos por los que te pueden haber bajado el Ingreso Mínimo Vital:

El IMV no es una prestación fija, sino que se adapta a las circunstancias personales y económicas de cada beneficiario. Por eso, es posible que el IMV varíe a lo largo del tiempo, según se produzcan cambios en la situación de la persona o de la unidad de convivencia. Existen varias razones por las que el IMV puede variar de un mes a otro o incluso extinguirse. Estas son las más habituales:

Revisión anual de la renta

Una de las principales razones por las que el IMV puede variar es la revisión anual de la renta que realiza la Agencia Tributaria. Esta revisión se basa en los datos fiscales del año anterior, es decir, los correspondientes al ejercicio 2022. Si los ingresos han aumentado, la prestación puede disminuir o extinguirse, según el caso.

Según la Seguridad Social, esta ayuda se calcula en función de la diferencia entre la renta garantizada y la renta de la unidad de convivencia. La renta garantizada depende del número y tipo de miembros de la unidad de convivencia, y se actualiza cada año. Para 2023, es de 6.784,44 euros anuales para una persona sola y de 12.890,52 euros anuales para una unidad de convivencia de dos adultos y dos menores.

¿Por qué me han bajado el ingreso mínimo vital? tabla cuantías renta garantizada 2023
¿Por qué me han bajado el ingreso mínimo vital?

Sin embargo, el IMV no se suma a la renta que ya tiene la persona, sino que se resta. Es decir, el IMV es la diferencia entre la renta garantizada y la renta que tiene la persona. Por eso, si la persona tiene una renta de 200 euros al mes, el IMV que le corresponde es de 565.37 – 200 = 365.37 euros al mes. Así, la renta total de la persona es de 565.37 euros al mes, que es el umbral de renta garantizada.

Es como si el Estado le dijera a la persona: “Te vamos a ayudar a llegar a la renta garantizada, aportando lo que te falta”. Por ejemplo, si la persona tuviera una renta de 400 euros al mes, el IMV que le correspondería sería de 565.37 – 400 = 165.37 euros al mes. Así, la renta total de la persona sería de 565.37 euros al mes, que es el umbral de renta garantizada.

Cambios en la situación personal o familiar

Otra de las razones por las que te pueden haber ingresado menos dinero del IMV es por los cambios en la situación personal o familiar. Estos cambios pueden afectar al número de miembros, al estado civil, a la residencia, al empadronamiento, a la discapacidad, a la maternidad, entre otros.

Estas variaciones deben comunicarse al INSS en el plazo de 30 días desde que se produzcan. Se pueden comunicar a través de la sede electrónica o de los medios habilitados al efecto. El INSS valorará si estos cambios suponen una modificación de la capacidad económica o de los requisitos de acceso al IMV. En consecuencia, se procede a mantener, aumentar, reducir o extinguir la prestación.

Captura de pantalla del formulario de comunicación de variaciones para evitar el incumplimiento de los deberes IMV
¿Por qué me han bajado el ingreso mínimo vital? Utiliza el formulario de comunicación de variaciones para evitarlo

Por ejemplo, si una persona que cobra el IMV se casa o se une en pareja de hecho con otra persona que tiene ingresos, la renta de la unidad de convivencia se incrementa y puede afectar al derecho al IMV. Si una persona que cobra el IMV tiene un hijo, la renta de la unidad de convivencia se reduce y puede aumentar el derecho al IMV. Si una persona que cobra el IMV se muda a otro domicilio o se empadrona en otro municipio, debe comunicarlo al INSS para evitar que se le suspenda o se le retire el IMV por falta de acreditación de la residencia efectiva.

Incumplimiento de los deberes o de las obligaciones del IMV

La última de las razones por las que el IMV puede variar es por el incumplimiento de los deberes o de las obligaciones que se establecen en la ley. Estos deberes u obligaciones se refieren a participar en las estrategias de inclusión, a la presentación de la declaración de la renta, a la devolución de las prestaciones indebidas, a comunicar cualquier salida al extranjero, a la veracidad de la información y a la notificación de los cambios.

El incumplimiento de estos deberes u obligaciones puede dar lugar a la suspensión, la extinción o la reducción del IMV, según la gravedad y la reiteración de la infracción. Además, puede conllevar sanciones administrativas o penales, en caso de que se aprecie fraude, falsedad o mala fe.

Por ejemplo, si una persona que cobra el IMV oculta o falsea datos sobre su situación económica o familiar, puede ser sancionada con la reducción del IMV en un 50% durante seis meses. Si reincide en esta conducta, puede ser sancionada con la extinción del IMV y con la devolución de las cantidades indebidamente percibidas.

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