Ayudas y prestaciones

Cómo solicitar el complemento de hasta 1.860 euros para tu pensión en 2024

En un esfuerzo por combatir la desigualdad de género en las pensiones, el Gobierno ha implementado un complemento para aquellos padres y madres que han visto interrumpida su carrera profesional debido al nacimiento o adopción de un hijo. Este complemento, que entró en vigor en febrero de 2021, está especialmente diseñado para compensar las desventajas profesionales sufridas por las mujeres, aunque también podrían optar a el los padres en determinados casos. Te contamos cuáles son sus requisitos y cómo solicitarlo.

¿Quién puede solicitar este complemento?

Este complemento está destinado a compensar a uno de los progenitores, priorizando a las mujeres que son las que normalmente sufren más en su vida laboral debido a la maternidad. Sin embargo, los padres también pueden solicitarlo si han sido más perjudicados laboralmente. En casos donde no haya un perjuicio claro, el complemento se otorgará automáticamente a la madre. Para parejas del mismo sexo, se asignará a la persona con la pensión más baja.

En general podrán solicitar este complemento las mujeres y hombres que hayan tenido uno o más hijos/as y que reciban una pensión contributiva de la Seguridad Social (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021.

Cuando se acceda a la jubilación plena desde la jubilación parcial se reconocerá el complemento, si se cumplen los requisitos exigidos.

Requisitos específicos

Para las mujeres:

  • Deben haber tenido uno o más hijos y recibir una pensión contributiva de la Seguridad Social.

Para los hombres:

Los padres pueden solicitar el complemento si cumplen con ciertos criterios:

  • Si reciben una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor, con hijos en común que tengan derecho a una pensión de orfandad.
  • Si han sufrido interrupciones o afectaciones en su carrera debido al nacimiento o adopción de un hijo, cumpliendo condiciones específicas relacionadas con la cotización:
    • Padres con hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994 que presenten más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a esa fecha. En caso de adopción, el periodo sin cotizar debe ser desde la fecha de la resolución judicial y los tres años siguientes.
    • Padres con hijos nacidos o adoptados a partir del 1 de enero de 1995. Cuando la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o resolución judicial sea inferior en más de un 15% a la suma de las de los dos años anteriores.

Cuantía del complemento: de los 464,80 euros a los 1.859,2 euros

La cuantía  del complemento se actualiza anualmente y está establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para el año 2024, se ha fijado en 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija, tal como se especifica en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Este complemento tiene un límite de cuatro veces dicho importe. Esto significa que si tienes más hijos, el complemento se incrementará en 464,80 euros al año por cada uno, hasta alcanzar un máximo de 1.859,2 euros anuales.

Cómo solicitar el complemento de brecha de género

Para solicitar el complemento, los interesados deben realizar el trámite junto con la solicitud de pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Cómo solicitar el complemento de hasta 1860 euros para tu pensión en 2024
Cómo solicitar el complemento de hasta 1860 euros para tu pensión en 2024

En caso de dudas o consultas, puedes contactar con el INSS a través de los números de teléfono 901 166565 o 915421176.

Vídeo explicativo del artículo:

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