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La cuota de autónomos ya se puede consultar de forma telemática cada mes

Desde el pasado 28 de enero de 2021, los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA) podrán consultar de forma telemática la cuota que se les cargará en su cuenta bancaria el último día hábil de ese mes.

La Tesorería General de la Seguridad Social ha creado esta novedad con dos objetivos principales. Por un lado, seguir avanzando en la transparencia de sus procedimientos, y por otro, ofrecer a los trabajadores autónomos cada vez más información sobre su situación con la Seguridad Social.

Gracias a esta nueva herramienta los autónomos podrán consultar una información muy útil en estos meses de incertidumbre e inestabilidad.

¿Cómo consulto mi cuota?

Este nuevo servicio para consultar la cuota de autónomos funciona a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Se deberá entrar en esta página y a continuación pinchar en el apartado «Ciudadanos» y después «Cotización«, al cual podrás acceder a través de este enlace.

Novedad en la cuota de autónomos: ya se puede consultar cada mes de forma telemática

Una vez dentro habrá que hacer click en «Consulta de recibos emitidos para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos«.

Novedad en la cuota de autónomos: ya se puede consultar cada mes de forma telemática

Para poder acceder a los trámites deberás hacerlo con tu certificado electrónico, usuario y contraseña, calve o vía SMS.

Una vez dentro se podrá obtener la siguiente información:

  • A partir de los días 26 de cada mes se podrá consultar cuál es la cuota que se cargará en su cuenta bancaria. Dicha cuota se pasará el último día hábil de ese mes.
  • Se podrá ver la cuota correspondiente a las eventuales liquidaciones complementarias que se cargarán en su cuenta bancaria.
  • Comprobar en cualquier momento las cuotas ya emitidas por la TGSS para su cargo en la correspondiente cuenta bancaria desde julio de 2018.

Es decir, que a partir del próximo 26 de febrero de 2021 podrás consultar las cuotas correspondientes a dicho mes y la liquidación complementaria correspondiente al mes de enero de 2020, por el incremento de tipos de cotización por accidente de trabajo y cese de la actividad.

La cuota de autónomos ya se puede consultar de forma telemática cada mes

No informa si el trabajador está al corriente de pago

La información que el trabajador obtenga a través de este nuevo servicio no podrá utilizarse como documento para el pago de cuotas. Esto se debe a que esta información sobre cuotas emitidas no significa que estas hayan sido pagadas por el trabajador. Por este motivo no serviría para acreditar que se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.

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