Ayudas y prestaciones General

Complemento de ayuda a la infancia del IMV: qué es y cómo solicitarlo

El complemento de ayuda a la infancia ha sido una de las medidas más destacadas de la Ley del Ingreso Mínimo Vital, que se incorporó en los nuevos Presupuestos Generales de 2022. Esta ayuda extra ya la pueden solicitar, los beneficiarios de la prestación con menores a cargo, pero también a otras familias con rentas bajas.

En este artículo vamos a intentar aclarar todas tus dudas sobre este complemento: qué es, cómo comprobar si cumples con los requisitos para recibirlo, cómo solicitarlo…

¿Qué es el complemento de ayuda a la infancia?

Se trata de un complemento mensual de hasta 115€ que cobrarán las familias que reciban el Ingreso Mínimo Vital y las que tengan bajos ingresos aunque no cumplan los requisitos para recibir el IMV. Esta prestación complementaria tiene como objetivo apoyar a las familias más vulnerables y combatir la pobreza infantil en España.

Así, la cuantía a percibir se establece en función de la edad de cada uno de los menores de la unidad familiar, atendiendo a los siguientes tramos:

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,5 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,5 euros.

¿Tengo derecho a recibirlo?

A pesar de que el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) es una medida destinada a luchar contra la pobreza infantil y apoyar a las familias más vulnerables, su aplicación ha generado cierta controversia en cuanto a su eficacia y alcance. Para poder recibir este complemento, las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, deben cumplir con todos los requisitos establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos. Es decir, lo cobrarán los actuales perceptores del IMV con menores a su cargo y otros hogares de rentas bajas, pero no en pobreza extrema.

Requisitos:

  • En primer lugar el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar:
requisitos de renta para recibir el complemento de ayuda a la infancia del IMV
  • Además, el 150% del umbral de patrimonio neto correspondiente a su tipo de hogar:

 
Escala de incrementosPatrimonio 150%
Un adulto solo17.697,66 €
(3 veces la renta garantizada para un adulto sólo)
 
Un adulto y un menor1,437.165,09
Un adulto y dos menores1,847.783,68
Un adulto y tres o más menores2,258.402,28
Dos adultos y un menor1,847.783,68
Dos adultos y dos menores2,258.402,28
Dos adultos y tres o más menores2,669.020,87
Tres adultos y un menor2,258.402,28
Tres adultos y dos o más niños2,669.020,87
Cuatro adultos y un niño2,669.020,87
Otros2,669.020,87
  • Por último, cumplir el test de activos (6 veces la renta garantizada):
requisitos test de activos recibir el complemento de ayuda a la infancia del IMV

¿Y si no soy beneficiario del IMV puedo recibir el complemento?

Si no eres beneficiario del ingreso Mínimo Vital puede que este complemento te corresponda de igual forma. Para saber si tienes derecho a pedirlo, puedes utilizar el mismo simulador de la Seguridad Social que se usa para para saber si puedes percibir el IMV.

El simulador te hará una serie de preguntas sobre tu situación, y según las respuestas te indicará si puedes tener derecho a este complemento aunque no te corresponda el IMV.

Complemento de ayuda a la infancia: ¿Cuando se concede de oficio?

NO TIENEN QUE SOLICITAR EL COMPLEMENTO, puesto que se reconocerá de oficio por el INSS con efectos de 1 de febrero de 2022 en estos tres supuesto:

  • Los actuales perceptores del IMV.
  • Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
  • Los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.

Por tanto si tienes derecho al ingreso mínimo vital, se reconocerá el complemento junto con la prestación, sin que sea necesario que presentes una solicitud independiente.

¿Cómo solicitarlo si no cumplo con los requisitos anteriores?

En el caso de que no cumplas con los requisitos para que te concedan el complemento de oficio, deberás solicitarlo del mismo modo que se hace la solicitud del IMV:

  • Con certificado electrónico, usuario y contraseña o cl@ve. Cualquiera de estos sistemas de identificación se pueden solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Puedes ir directamente pinchando aquí. Para solicitar la prestación de esta manera, tendrás que adjuntar la documentación solicitada y el modelo oficial de solicitud. Puedes descárgalo pulsando aquí.
  • Sin certificado digital, usuario y contraseña ni cl@ve. Si no dispones de ningún sistema de identificación, podrás solicitar la ayuda a través del siguiente enlace: Solicitud Ingreso Mínimo Vital. La Seguridad Social ha añadido una nueva funcionalidad al formulario electrónico de solicitudes del Ingreso Mínimo Vital (IMV):
    • La verificación tanto de la identidad del interesado o del representante y la expresión de su voluntad y consentimiento a dicha presentación, sin necesidad de certificado digital o cl@ve.
Sending
Calificaciones
4.1 (10 votos)

Deja un comentario.