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Simulador del Ingreso Mínimo Vital 2024. ¿Puedo pedirlo?

pobreza dinero IMV

Actualizado 10 de febrero 2024

Muchas familias se preguntan si pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital por lo que la Seguridad Social ha habilitado un simulador para que los ciudadanos puedan comprobar si cumplen los requisitos para recibir la ayuda y cual es la cuantía que corresponde en cada caso.

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Así aparece publicado en el Boe el Real Decreto-ley que establece esta ayuda como una prestación de naturaleza económica que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.

Simulador del Ingreso Mínimo Vital 2024

Si quieres saber si cumples los requisitos para acceder al Ingreso Mínimo Vital en 2024 o quieres saber cual es la cuantía que podrías recibir, puedes utilizar el simulador proporcionado por la Seguridad Social.

Accede desde la web de la Seguridad Social al simulador del ingreso mínimo vital 2024
Simulador del Ingreso Mínimo Vital 2024. ¿Puedo pedirlo?

Solo tienes que acceder a la web que la Seguridad Social ha habilitado para ello y realizar la simulación contestando un formulario con varias preguntas. Al terminar te dará la información según los datos que hayas aportado. Te dirá si tienes derecho al Ingreso Mínimo Vital y el importe que te podría corresponder. Independientemente del resultado de la simulación, tienes la opción de continuar y presentar tu solicitud.

Comprueba con el simulador del ingreso mínimo vital 2024 si puedes recibir la prestación

Comprueba utilizando el Simulador del Ingreso Mínimo Vital si puedes beneficiarte de esta prestación y su cuantía, pinchando sobre el siguiente enlace.

Conclusiones sobre los resultados del simulador

Es importante recordar que los resultados proporcionados por el simulador del Ingreso Mínimo Vital son solo de carácter informativo y no son vinculantes. Si nos queda alguna duda sobre los resultados, siempre podemos contactar con la Seguridad Social para obtener más información.

Para resolver cualquier duda, la Seguridad Social ha puesto a disposición un número de teléfono gratuito, el 900 20 22 22. El horario de atención es de 09:00 a 14:30 horas, de lunes a viernes.

Cuantía IMV según unidad de convivencia

El Gobierno ha aprobado la subida de un 6,9% de las pensiones no contributivas y el IMV para el año 2024. Esta subida supone un incremento de las rentas garantizadas para cada tipo de unidad de convivencia.

A continuación, se detallan las cuantías mensuales que serán aplicadas en 2024, según los datos proporcionados por Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:

  • Para un beneficiario individual: 604,38 euros.
  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos: 785,70 euros.
  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos: 967,01 euros.
  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o cuatro adultos: 1.148,33 euros.
  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o cinco o más adultos: 1.329,65 euros.

Estas cantidades aumentan en un 22% si la persona beneficiaria tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además, se establece un complemento de ayuda para la infancia destinado a las unidades familiares que incluyan menores de edad.

La cuantía del ingreso mínimo vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales.

Acerca de IMV web Seguridad Social

El cambio en las circunstancias personales, económicas o patrimoniales de la persona beneficiaria del IMV, o de cualquier miembro de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación mediante la revisión correspondiente por la entidad gestora.

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