Ayudas y prestaciones

Ingreso Mínimo Vital: Motivos de suspensión según la Seguridad Social y cómo reclamar en caso de desacuerdo

El ingreso mínimo vital (IMV) es una ayuda gestionada por la Seguridad Social que da apoyo económico a aquellos que más lo necesitan. Pero ojo, porque recibir el IMV no es solo cuestión de pedirlo y ya está. Es importante cumplir con los requisitos y obligaciones establecidos, ya que el no hacerlo podría llevar a la suspensión o extinción de la prestación.

En este artículo,te explicaremos los motivos por los que te pueden suspender o extinguir esta ayuda, así como los pasos para reclamar si no estás de acuerdo.

Motivos de suspensión del IMV

Los motivos por los que te pueden suspender o extinguir el ingreso mínimo vital están detallados en el Real Decreto-ley 20/2020, específicamente en el artículo 14 y el artículo 15. Así, el derecho al ingreso mínimo vital puede ser suspendido por las siguientes razones:

  1. Pérdida temporal de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.
  2. Incumplimiento temporal de obligaciones: Si tú o alguien de tu familia no cumple temporalmente con las obligaciones que aceptaste al solicitarlo, la Seguridad Social puede decidir suspenderlo provisionalmente.
  3. Si te vas al extranjero por más de 90 días al año sin avisarles ni justificarlo, te lo quitan temporalmente. Si tienes planes de viajar al extranjero, avisa a la Seguridad Social y justifica tu ausencia. Así evitarás sorpresas desagradables al regresar.
  4. Si no cumples las condiciones de compatibilidad de la prestación con las rentas de trabajo o actividad económica por cuenta propia.
  5. Además de lo mencionado, también pueden existir otras razones que se determinen reglamentariamente

No olvides informar a la Seguridad Social de cualquier cambio importante para que puedan ajustar tu prestación. Es fundamental cumplir con tus obligaciones y comunicar cualquier cambio que pueda afectar tu derecho al IMV.

teléfono de información sobre ingreso mínimo vital

Si te suspenden el ingreso mínimo vital, dejarás de recibir el dinero y tendrás que devolver lo que recibiste indebidamente. La suspensión continúa mientras persistan las razones. Si se mantiene suspendido durante un año, pierdes el derecho por completo. Si las razones desaparecen, podrías recuperar el derecho automáticamente o a petición tuya, siempre y cuando cumplas con los requisitos. En ese caso, volverás a recibir el dinero a partir del siguiente mes.

Motivos de extinción del IMV

Si pierdes el derecho al ingreso mínimo vital, significa que ya no podrás recibir más dinero por esta ayuda. Esto puede suceder por diferentes razones:

  1. Fallecimiento del titular. Sin embargo, en el caso de familias que viven juntas, otro miembro que cumpla con los requisitos puede solicitar el ingreso mínimo vital en un plazo de tres meses después del fallecimiento, considerando la nueva composición familiar.
  2. Incumplimiento permanente de requisitos
  3. Si hay una resolución en un proceso de sanción que determine la extinción del derecho.
  4. Salida del país sin comunicarlo ni justificarlo a la Seguridad Social por más de 90 días al año, ya sea de forma continua o intermitente.
  5. Si renuncias al derecho, es decir, decides dejar de recibir el ingreso mínimo vital.
  6. Si te suspenden el derecho durante un año
  7. Si incumples repetidamente las condiciones de compatibilidad entre el ingreso mínimo vital y los ingresos por trabajo o actividad económica.
  8. También puede haber otras razones que se determinen en la norma.

Cómo reclamar si te suspenden o quitan el Ingreso Mínimo Vital

Si no estás de acuerdo con la actualización de la cuantía o si te han retirado el IMV, es posible presentar una reclamación. Sigue estos pasos:

  1. Prepara un escrito incluyendo tus datos personales y el motivo de la reclamación. También debes especificar la provincia correspondiente a la Dirección Provincial del INSS a la que se dirija la documentación.
  2. Envía el escrito a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, el buzón del INSS, en las oficinas de la Seguridad Social o mediante correo administrativo desde una oficina de Correos.

Una vez enviada la reclamación, el INSS tiene 45 días para responder. Si no obtienes respuesta en este plazo, se considera que tu reclamación ha sido denegada por «silencio administrativo«. Si esto ocurre y no estás de acuerdo, siempre puedes buscar ayuda legal y considerar una demanda judicial.

Vídeo explicativo del artículo:

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5 Comentarios

  • buenas :yo era beneficiario de oficio desde 2021 tengo dos hijos menores y estoy sin trabajo ninguna ayuda económica hace 2 meses q no se qué pasó sin ingresos fui a la seguridad social a preguntar el motivo.me han dicho q me llegará notificación aún estoy en espera era mi única salida para sobrevivir ..tuve que dejar el piso donde vivo ,no puedo mantener un gasto de una vivienda alquilada .. estamos viviendo con mis hijos en casa prestada temporalmente.espero que me respondan lo más pronto posible cual sea la incidencia el motivo de la suspención

  • buenas noches yo tengo la visita en lla seguridad social 12/06/23 yo he solicitado desde que se me acabó del paro en el seguimiento me sale que está en trámite y lo solicitado a finales de marzo a mi no si me lo han concedido o no llevo desde marzo sin tener ningún ingreso entonces no sé de qué voy a vivir como no me coma los mocos la verdad es que es vergonzoso tanto en gobierno central como la Generalitat de Catalunya vaya cojones que tienen