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Ingreso Mínimo Vital: nuevas medidas para facilitar su tramitación

El gobierno hace oficiales varias medidas en las que mejora los procedimientos para facilitar la tramitación del IMV. Estas mejoras ya habían sido anunciadas por el Ministro de Seguridad Social.

Estas son las medidas más importantes aprobadas en  Consejo de Ministros del martes 22 de septiembre. Se pretende así, intentar reducir los problemas que está ocasionando la lentitud en la aprobación de las ayudas del Ingreso Mínimo Vital. En muchos casos esta demora supera ya los tres meses.

Medidas del gobierno para facilitar la tramitación del Ingreso Mínimo Vital

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que incluye algunas modificaciones del RD 20/2020 para facilitar y flexibilizar la concesión del Ingreso Mínimo Vital a los ciudadanos. Después de realizar una evaluación del funcionamiento de la prestación durante sus primeros tres meses de vigencia, se han introducido diversas mejoras en la norma que permitirán facilitar su tramitación.

Una de las medidas adoptadas permitirá el cruce masivo de datos de titulares y beneficiarios de las solicitudes con los que obran en el Padrón. Obtener la información padronal de forma automática en el caso en que coincida la información entre el Padrón y la solicitud. Con ello, se evitará que el ciudadano tenga que solicitar estos documentos a los municipios. No se requerirá, en relación con estos datos, el consentimiento de las personas empadronadas en el domicilio del solicitante.

Los cambios aprobados facilitarán la gestión de la ayuda a los beneficiarios de las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas y de otras prestaciones estatales.

En concreto, sobre las rentas de las CCAA, el INSS podrá reconocer a estas personas hasta el 31 de diciembre de 2020. Siempre que la comunidad autónoma certifique la constitución de la unidad de convivencia y tenga en su poder la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de la prestación. Salvo el de vulnerabilidad económica, que se comprueba con la Agencia Tributaria o con las haciendas forales.

En materia de gestión se priorizará también el examen del criterio de vulnerabilidad al tramitar las solicitudes. Se establece el trámite de inadmisión previa para la situación vinculada exclusivamente a la situación de vulnerabilidad económica, dado que su no concurrencia es el principal motivo de denegación de solicitudes.

Aumento de la retroactividad y menos requisitos previos

En primer lugar, se ha extendido el periodo de retroactividad del 15 de septiembre al 31 de diciembre. Las solicitudes que se presenten hasta final de año tendrán efectos económicos desde el 1 de junio si en esa fecha se cumplían todos los requistos. Si no se cumplían en esa fecha, los efectos económicos serán retroactivos al primer día del mes siguiente en que se cumplan los requisitos.

Con esta medida se pretende evitar que los problemas que han tenido los ciudadanos para obtener toda la documentación, especialmente en el contexto de pandemia, les haga perder derechos económicos.

Nuevas medidas para facilitar a tramitación del Ingreso Mínimo Vital
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Así mismo, se ha ampliado el plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes hasta 6 meses. Se garantiza la tramitación de todas las peticiones recibidas hasta ahora sin que se produzca ninguna desestimación por silencio administrativo negativo.

Otra de las modificaciones que se realizar en la normativa es la eliminación del requisito previo de estar inscrito en los Servicios Públicos de Empleo, que pasa ahora a ser una obligación a posteriori que el beneficiario deberá cumplir en los 6 meses siguientes al reconocimiento del Ingreso Mínimo Vital. Estarán exentos de esta obligación:

Fuente:  Ministerio de Inclusión y Seguridad Social. Descargar nota de prensa (pdf)

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