Una de las dudas más habituales cuando nos deniegan el IMV es si volver a solicitarlo o presentar una reclamación. Pues bien para contestar a estas cuestiones lo primero que tenemos que tener claro es 31 de diciembre finalizaba el plazo para pedir el IMV con retroactividad desde el 1 de junio. Es decir, las solicitudes posteriores a esta fecha no contarán con este beneficio
¿Reclamar o solicitar la prestación de nuevo?
En primer lugar tenemos que esperar a recibir la notificación con la resolución, donde se nos indica el motivo por el cual nos denegarían esta prestación y por el que podríamos iniciar la reclamación. Es muy importante que nos quede claro que lo que vale a efectos jurídicos es la carta o mail a través de la cual se resolverá nuestra solicitud, sin ella no podremos iniciar la reclamación o la nueva solicitud.
De esta forma, una vez conozcamos el motivo por el cual se nos ha denegado, si no estamos de acuerdo tenemos 2 opciones:
- Reclamar
- Volver a solicitarlo
¿QUÉ ES MEJOR?
Lo primero es analizar la situación de cada posible beneficiario y después tomar la decisión que más nos convenga.
- En el caso de que te hayan denegado el subsidio y no estés de acuerdo podrás reclamar presentando un recurso administrativo o una reclamación previa.
Para recurrir la resolución tienes un plazo de 30 días hábiles (no cuenta sábados, domingos ni festivos) a partir de la fecha de notificación. La reclamación previa se presenta ante la Dirección provincial del INSS. Si no sabes como hacerlo, sindicatos como UGT te pueden ayudar. UGT ha activado un servicio para reclamar el cobro del Ingreso Mínimo Vital.
El INSS tiene un plazo de 45 días hábiles para contestar. Si no han respondido en el plazo señalado, puedes interponer una demanda judicial. Tendrás 30 días de plazo para presentarla.
Ahora bien, aunque es un plazo breve, teniendo en cuenta los plazos con los que cuenta habitualmente el INSS, si no recibimos respuesta antes del 31 de diciembre, perderíamos la oportunidad de realizar una nueva solicitud antes de finalizar el plazo del pago con retroactividad.
- Realizar de nuevo la solicitud. El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes se ha ampliado hasta los 6 meses, lo que puede aumentar considerablemente el tiempo de espera. Aunque, hay que decir que se han tomado otras medidas para facilitar la tramitación, lo cual está haciendo que las solicitudes se resuelvan más rápido.
Finalmente debemos tener en cuenta que en el caso de que nos la denieguen por segunda vez, tenemos otra oportunidad para reclamar.
Así que debemos poner en la balanza, si preferimos esperar menos tiempo y reclamar directamente o si la solicitamos de nuevo, y en el caso de que nos la denieguen, tener la oportunidad de hacer una reclamación