Ayudas y prestaciones General

Cómo cobrar el complemento de ayuda a la infancia sin estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital

Aviso de la seguridad social sobre el Ingreso Mínimo Vital

El 21 de diciembre se incluía en el BOE la entrada en vigor del complemento de ayuda para la infancia para los beneficiarios del IMV. Esta prestación, que corre a cargo de la Seguridad Social, nace por la necesidad de ayudar a personas en situación de vulnerabilidad, que no tienen los recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Con el objetivo de aumentar la cobertura de esta ayuda al mayor número de beneficiarios y hogares posible, se aprobó que se pueda cobrar este complemento sin la necesidad de estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital.

Complemento de ayuda a la infancia: ¿de qué se trata?

El complemento de ayuda a la infancia se trata de una ayuda de hasta 100 euros que podrán cobrar tanto las familias que reciban el Ingreso Mínimo Vital, como las que tengan bajos ingresos aunque no cumplan los requisitos para optar a la prestación. Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales, afirmó que con esta nueva medida se busca apoyar a las familias más vulnerables y luchar contra la pobreza infantil.

¿Qué cuantía se recibe con este complemento?

La cuantía a recibir en el complemento de ayuda a la infancia dependerá de la edad de los niños/as menores de la unidad familiar:

  • Menores de 3 años: recibirán un complemento de 100 euros al mes.
  • Mayores de 3 años y menores de 6 años: 70 euros al mes.
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 50 euros al mes.

Cómo cobrar este complemento sin recibir el Ingreso Mínimo Vital

Para poder beneficiarse del complemento de ayuda a la infancia sin estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital será necesario cumplir una serie de requisitos que tienen que ver con los ingresos y el patrimonio tanto de la persona que solicita la ayuda, como de su unidad familiar. Es decir, no se podrán superar ciertos límites. Según explican desde la Seguridad Social, estos límites variarán dependiendo de la composición de la unidad familiar. Esto es, del número de adultos más el número de menores.

Límites de ingresos

En primer lugar, en cuanto al límite de ingresos, se aplica el coeficiente conocido como «escala de incrementos». Todos aquellos hogares que tengan ingresos inferiores a las cantidades que se muestran a continuación, aunque no se esté recibiendo el Ingreso Mínimo Vital, podrán beneficiarse del complemento de ayuda a la infancia.

Cómo cobrar el complemento de ayuda a la infancia sin estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital
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Límite de patrimonio

Por otro lado, en cuanto al patrimonio, también se aplica una escala de incrementos, que variará en función de la unidad familiar. Si no se superan los límites de patrimonio mostrados a continuación, y siempre que tampoco se superen los de los ingresos, se podrá recibir el complemento de ayuda a la infancia.

Cómo cobrar el complemento de ayuda a la infancia sin estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital
Cómo cobrar el complemento de ayuda a la infancia sin estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital.
Límites del test de activos

Por último, no se podrá superar en más de 6 veces la renta garantizada de un adulto o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia, según lo establecido en el Test de Activos:

Cómo cobrar el complemento de ayuda a la infancia sin estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital
Cómo cobrar el complemento de ayuda a la infancia sin estar recibiendo el Ingreso Mínimo Vital.

Cómo solicitar el complemento de ayuda a la infancia si no estoy recibiendo el IMV

Aquellas personas que no estén recibiendo el Ingreso Mínimo Vital, podrán solicitar el complemento de las siguientes formas:

  • A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para hacerlo de esta manera, será necesario disponer de certificado digital, de usuario y contraseña o de Cl@ve. Habrá que acceder a la sede, identificarse y adjuntar la documentación solicitada y el modelo oficial de solicitud. Puedes descargarlo pinchando aquí.
  • En el caso de no disponer de ninguno de los sistemas de identificación anteriores, podrás solicitarlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el apartado dedicado al Ingreso Mínimo Vital. Puedes solicitarlo pinchando aquí.

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