Aunque a día de hoy no están del todo claro los significados de los nuevos estados, vamos a intentar aclarar lo que significan. Hace unos días publicábamos un artículo con los significados de algunos de estos nuevos estados. Aclarando que, según los propios funcionarios de la Seguridad Social, se trata de designaciones internas, para organizar los expedientes. Hasta ahora habíamos definido:
- Denegado por inadmisión: en principio hay que entender que la solicitud está desestimada. Hay que esperar a recibir la carta o mail para saber la causa o motivos (supera el ingreso, patrimonio, etc).
- Solicitud anulada: hay que entender que la solicitud esta desestimada por falta de datos fundamentales (falta algún nombre de los integrantes de la unidad de convivencia,…) o porque nos han requerido documentos y ha transcurrido el plazo sin aportarlos.
- Revisión de duplicidad: en este caso se trata del estudio o resolución por parte del INSS porque han detectado que existen varias solicitudes de una misma persona o unidad de convivencia.
- Estudio del derecho: se produce cuando el INSS solicita información a otras administraciones (agencia tributaria, SEPE,…).
Nuevos estados: Trámite pendiente de documentación
Muchos ciudadanos llevaban con su solicitud » En estudio» un largo período de tiempo. La sorpresa llegó hace unos días, cuando este estado cambio masivamente a “captura documentos y modificaciones”. Y un día después, este estado vuelve a cambiar a “En tramite pendiente de documentación”. Lo que está generando un mar de dudas entre los posibles beneficiarios.
Pues bien, cuando nos aparece este estado, en un principio hay que entender que nos falta algún tipo de documentación. En la mayoría de los casos lo que falta es el certificado de empadronamiento. Tendremos que aportar la documentación que nos falte y lo podremos hacer desde la misma sede electrónica. En otros muchos casos se trata de un error de la propia administración que nos solicita un documento que ya habíamos entregado previamente. Hay quien insinúa que estos continuos cambios en el estado de la solicitud se deben simplemente a que la administración quiere ganar tiempo porque no hay dinero suficiente.
Es muy importante tener en cuenta que la información de los expedientes se actualizará todos los viernes y reflejará el estado de tramitación de la solicitud que tenga ese mismo día. Además, estos nuevos estados no tienen porque reflejar la resolucion final. Hay personas que han recibido un sms denegando el IMV y luego una carta o un mail otorgando el IMV, es decir, que no son necesariamente definitivos.
Información sobre otros estados:
- Archivada por falta de documentación: hay que entender que se nos requirió documentación y no se aportó en el plazo fijado, por lo que la solicitud se archiva. Si queremos acceder a la prestación tendremos que solicitarla de nuevo.
- Archivada por duplicidad: la solicitud se ha mandado más de una vez. Se inadmite y se archiva. Habrá que solicitarla de nuevo.
- Aprobada: se cumple con todos los requisitos para ser beneficiario del IMV.
- Denegada: no se cumple con los requisitos necesarios para ser beneficiario de la prestación.

¿Cómo saber si mi expediente está aprobado?
Ante esta información, lo que vale a efectos jurídicos es la carta o mail a través de la cual se resolverá nuestra solicitud y, en caso de que esta esté denegada y no estemos conformes, podremos reclamar. Además también existen otras maneras de conocer si nuestras solicitudes han sido aprobadas o no, siempre y cuando la administración haya resuelto nuestra solicitud.
- Informe integrado de prestaciones: podremos obtener en un informe único el resumen de las prestaciones. Es decir, en el caso de que se haya aprobado, lo veremos reflejado en el informe.
- Notificaciones telemáticas: En este apartado, al que podemos acceder con certificado electrónico o Cl@ve permanente, suele ser el primer sitio donde podemos obtener la notificación.