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El Gobierno aprueba la prorroga de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022

El Gobierno aprueba la prorroga de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022

El pasado lunes 27 de septiembre, Gobierno y Agentes Sociales se reunieron con el objetivo de llegar a un acuerdo sobre la situación de los Expedientes de Regularización Temporal de Empleo (ERTE), ya que la última prorroga finalizaba el 30 de septiembre. Tras una reunión que duró más de 10 horas, a última hora de la tarde conocíamos la resolución de la reunión, y el Gobierno aprobaba una nueva prorroga de los ERTE que durará hasta el 28 de febrero de 2022.

Esta nueva prorroga se incluye dentro del Real Decreto Ley para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos. Además, tiene como principal objetivo extender la medida de protección social y del empleo, el cual se ha visto muy afectado tras la pandemia por Covid-19.

Plazos de la nueva prorroga y «contador a cero»

Esta nueva prorroga de los ERTE se extenderá desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2022. Es por ello que distingue dos plazos de finalización distintos. Por un lado, se prorrogará en las modalidades que tiene actualmente hasta el 31 de octubre de 2021, y por otro, a partir del 1 de noviembre, entrarán en vigor las nuevas medidas de ERTE.

Las empresas interesadas en beneficiarse de esta nueva prorroga tendrán que solicitarla entre el 1 y el 15 de octubre ante la autoridad laboral competente.

Por otro lado, ante la insistencia de UGT en la necesidad de poner a cero el contador de las prestaciones por desempleo de las personas afectadas por un ERTE, finalmente, el Gobierno ha accedido a aprobar esta medida hasta el 1 de enero de 2023.

Beneficios para las empresas que cuenten con acciones formativas

A través de esta nueva prorroga, el Consejo de Ministros quiere promover la formación como un paso fundamental para recapitalizar a las personas afectadas por un ERTE y mejorar su empleabilidad. Es por esto que en un primer momento, el Gobierno quería establecer la obligación de que todas las empresas tuvieran que implantar formación a sus trabajadores en situación de ERTE. Finalmente, y tras la negativa de UGT y CCOO ante esta medida, las acciones formativas no serán obligatorias para las empresas, pero sí les darán los siguientes beneficios:

Podrán acceder a mayores exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social

Las exoneraciones de las cotizaciones a la Seguridad Social serán mayores en función del tamaño de la empresa y de las acciones formativas que esta imparta. A partir del 1 de noviembre y hasta el 28 de febrero se distinguirá entre dos tipos de empresas:

Por otro lado, se mantienen los ERTE de impedimento, vinculados a las limitaciones de actividad. Ante esta nueva prorroga, las empresas que se encuentren en esta situación pasarán a tener una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre, durante el periodo de cierre y hasta el 28 de febrero de 2022.

La Seguridad Social subvencionará el grueso del coste de la formación

La Seguridad Social se encargará de una buena parte de los costes que requieran las acciones formativas. En función del número de trabajadores de una empresa, tendrán que completar un número de horas de formación determinado:

Además, estas actividades tendrán que realizarse siempre durante la jornada suspendida.

Tendrán derecho al incremento del crédito para la financiación de actividades formativas

El crédito para la financiación de las actividades formativas variará en función del tamaño de la empresa, quedando de la siguiente manera:

Cómo solicitar la nueva prorroga

Las empresas que quieran beneficiarse de la nueva prorroga de los ERTE aprobada por el Gobierno hasta el 28 de febrero de 2022, tendrán que solicitar a la autoridad laboral la prorroga de todos los expedientes. Para tramitar la solicitud, tendrán que presentar el listado de horas o días de trabajo suspendidos o reducidos desde julio de 2021. Por otro lado, para ell caso de los ERTE por razones económicas, técnicas organizativas o de producción, tendrán que aportar el informe de la representación legal de los trabajadores.

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