La Secretaría de Estado de Migraciones ha publicado una instrucción por la que se establece que todos los jóvenes, extranjeros de terceros países, que se hayan acogido al Real Decreto-ley 13/2020 de 7 de abril, tendrán un permiso de residencia y trabajo de 2 años, renovables por otros 2.

En el mes de abril y con el fin de aportar una respuesta adecuada a la situación de emergencia ocasionada por la Covid-19, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación adoptó medidas urgentes en materia de empleo agrario para favorecer la contratación temporal de trabajadores. En este sentido, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aportó al Real Decreto dos supuestos, que permitían acogerse a esta medida extraordinaria:

  1. A trabajadores migrantes en situación regular cuyo permiso de trabajo fuera a concluir antes del pasado 30 junio.
  2. A jóvenes nacionales de terceros países entre los 18 y los 21 años que se encuentren en situación regular.

Dicha medida estuvo vigente hasta el pasado 30 de septiembre, de acuerdo con la prórroga acordada mediante el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo. Desde la Dirección General de Migraciones, destacan que la instrucción impulsada este miércoles:

«Aporta seguridad jurídica a todos estos jóvenes que con su labor están contribuyendo al sostenimiento de un sector esencial en un momento de dificultad para nuestro país«.

permiso de residencia y trabajo

La inclusión social de estas personas se está viendo impulsada con esta primera oportunidad laboral. Por ello y tras la finalización de la vigencia de dicha norma, estos jóvenes accederán a una autorización de residencia y trabajo. Este permiso será válido en todo el territorio nacional, sin límites geográficos o de actividad y sin aplicación de la situación nacional de empleo.

Permiso de residencia y trabajo: requisitos y plazo

El plazo que permite a estos jóvenes presentar su solicitud es de un mes, entre el 1 y el 30 de octubre de 2020.

En el caso de aquellos jóvenes cuyo contrato estuviese en vigor a fecha 30 de septiembre, la presentación de la solicitud durante el plazo previsto también les prorrogará el derecho a trabajar. Los requisitos para obtener esta autorización de dos años son relativos a la actividad continuada durante el período de referencia. Esto es, del 9 de abril al 30 de septiembre de 2020 y será prorrogable por otros dos años.

Esta medida alcanza a aquellos jóvenes extranjeros que han sido contratados en el sector agrario durante la vigencia del Real Decreto-ley 19/2020, también podrán solicitar este permiso aquellos jóvenes que, encontrándose en situación regular, han sido contratados en el sector agrario y han cumplido 22 años durante la vigencia de la citada normal.

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