El Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas han acordado un conjunto de medidas de obligado cumplimiento para la celebración de las Navidades del 2020. Se trata de evitar una nueva ola de la pandemia por lo que se podrán celebrar en familia y con los más allegados, pero con restricciones para minimizar el riesgo de contagios.
Durante estas fiestas, según se especifica en el mismo acuerdo, se deberán reforzar los mensajes sobre las medidas de prevención, incluidas las relacionadas con la ventilación y las actividades al aire libre.
Así, se deben tener siempre en cuenta las 6M:
- Mascarilla (uso de mascarilla todo el tiempo posible).
- Manos (lavado de manos frecuente)
- Metros (mantenimiento de la distancia física)
- Maximizar ventilación y actividades al aire libre (mantener las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro y factible según la temperatura)
- Minimizar número de contactos (preferiblemente siempre la misma burbuja)
- “Me quedo en casa”, en caso de síntomas, diagnóstico o contacto de un caso de COVID-19 .
Encuentros familiares: ¿Cuántas personas podemos reunirnos y en qué fechas? ¿Los niños cuentan?
Para celebrar las comidas y cenas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero podrán reunirse familiares y allegados hasta un máximo de 10 personas, salvo que se trate de convivientes. Se recomienda que no se superen los dos grupos de convivencia como máximo, y sin especificar si niños o adultos. En todo caso, cada comunidad tendrá, además, la facultad de aplicar medidas aun más restrictivas si fuera necesario debido a la situación sanitaria de su región. Como por ejemplo Canarias que limitará a 6 el máximo de personas no convivientes que podrán reunirse en estas fechas, pero sin contar a los niños menores de 6 años.
Por su parte, la Comunidad de Madrid tiene intención de incluir también el 6 de enero, Día de Reyes, entre los días donde se permitirán estos encuentros de hasta 10 familiares.
En cualquier caso, la recomendación del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud es evitar, en la medida de lo posible, reunirse con personas con las que no se conviva, teniendo especial cuidado con los más vulnerables.
¿Qué se entiende por allegados?
“Persona cercana a otra en parentesco, amistad, trato o confianza”
definición de allegado, diccionario de la RAE
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha explicado en rueda de prensa que se trataría de una persona con la que existe “una afectividad especial” aunque no se tenga un “vínculo familiar en el sentido tradicional”. Y asegura que “todo el mundo entiende lo que quiere decir allegado”.
Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, ha explicado que “utilizar únicamente el término familia sería injusto para algunas personas” y que “se trataba de buscar un término que recogiera todas las realidades sociales”.
Por su parte, la vicepresidenta Carmen Calvo, ha definido a los allegados como “las personas que están en tu vida” e insiste en que “No deberíamos hacer un debate de esto. No hace falta un tratado de exégesis lingüística”.
¿Puedo desplazarme para visitar a mi familia?
La movilidad entre comunidades y ciudades autónomas no estará permitida del 23 de diciembre al 6 de enero, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos en el decreto de estado de alarma, así como para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados.
Además, los gobiernos autonómicos podrán establecer que esta excepción a la limitación de movilidad únicamente resulte aplicable en días determinados.

Por otra parte, se recomienda a los estudiantes que vuelven a casa para las vacaciones que “limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes”. A su llegada, deberán atenerse a las medidas preventivas de su comunidad. Y, en su casa, limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.
Toque de queda en Nochebuena y Nochevieja
En las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero las comunidades y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, pudiendo extender el toque de queda, como muy tarde a las 1:30 horas y únicamente para permitir el regreso al domicilio.

El acuerdo subraya que en ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a encuentros sociales.
¿Qué pasa con los eventos navideños?
Este año, entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, no está permitida la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público salvo que se garantice el cumplimiento de las “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España”.
De igual forma, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.
¿Podré ir a restaurantes o bares durante estas fechas?
Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. En cualquier caso, el límite será de diez personas en los días señalados y de seis el resto de días. Se recomienda también reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y evitar comer del mismo plato.

Cabe destacar que se prohíbe comer y beber en la vía pública a excepción de los espacios acondicionados para ello.
¿Las personas que viven en una residencia pueden ir a casa de un familiar o allegado? ¿Qué medidas se aconsejan en estos casos?
La respuesta es que sí. Pero se recomienda que si se realiza una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, esta quede restringida a un único domicilio y se mantenga una burbuja de convivencia estable.
Además, a su reingreso, Sanidad aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y se extremen las medidas de vigilancia y prevención en los días posteriores.
Medidas para las celebraciones religiosas
Por su parte las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma. Se recomienda evitar los cantos y usar en su lugar música pregrabada. Asimismo, se deberán evitar las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
La celebración de eventos religiosos, tales como la Misa del gallo, no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Por ello, se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.
Recomendaciones para el comercio y transporte
En cuanto a las compras se recomienda a la población que las organice con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales. Además, los comercios y calles comerciales respetarán el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.

Durante el periodo navideño, se traslada a las administraciones competentes la conveniencia de aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla. No obstante, siempre que sea posible, los desplazamientos es mejor que se hagan en transporte al aire libre.
Madrid y Cataluña no apoyan el acuerdo
Todas las comunidades han apoyado las medidas propuestas por el Ministerio de Sanidad, a excepción de Madrid, que ha votado en contra a los apartados primero y segundo de este acuerdo, y Cataluña, que se ha abstenido. Madrid no apoya el acuerdo porque no se ha contado como día señalado el “Día de Reyes” para reuniones de 10 familiares. El gobierno madrileño pretende regular también las reuniones del 6 de enero hasta un máximo de 10 personas. Además quiere que el límite se aplique sobre tres grupos de convivientes, y no dos como pretende Sanidad.
Por otra parte la Comunidad de Madrid asegura que “el cierre perimetral será imposible de controlar por las Fuerzas de Seguridad del Estado”.
Responsabilidad individual
Finalmente, el Ministerio de Sanidad ha apelado a la responsabilidad individual.
“En Navidad nos quedamos en casa y limitamos todos los movimientos prescindibles”.
Salvador Illa, Ministro de Sanidad
Por su parte, el presidente de Cantabria, Miguel Angel Revilla, quien ha comparecido el pasado jueves en rueda de prensa junto al Ministro de Sanidad, ha pedido que “No lo estropeemos y que para algunos sea la última Navidad cuando pueden celebrar muchas más” .
Más Información sobre las medidas
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