La extensión de los ERTE ha sido una de las medidas que ha adoptado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para empresas y trabajadores y que estará disponible hasta el próximo 30 de septiembre. Durante el estado de alarma se ha beneficiado con esta medida a cerca de 5 millones de trabajadores (incluyendo a los trabajadores por cuenta propia).

Así está prórroga incluye nuevas exoneraciones en las cotizaciones sociales. Es por ello que ahora a empresarios y trabajadores les surjan nuevas dudas sobre esta extensión.
Preguntas acerca de la extensión de los ERTE.
Una de las preguntas más habituales que se hacen los empresarios es la de que pasa si no han podido reiniciar la actividad de la empresa y todos los trabajadores están aun suspendidos? en este caso, existe el ERTE de transición. Se trata de una medida temporal que contempla exoneraciones de las cotizaciones decrecientes.
Dos casos posibles:
EXONERACION | |
Empresas con menos de 50 trabajadores: | 70% en julio 60% en agosto 35% en septiembre |
Empresas con 50 trabajadores o más: | 50% en julio 40% en agosto 25% en septiembre |
Otra es la de si se van a mantener las exoneraciones si la empresa ha reincorporado a parte de la plantilla
La respuesta es sí. Se ha prorrogado la fórmula por la que se bonifica más a las empresas por los trabajadores activados que por los que se quedan suspendidos.
En este caso:
EXONERACION | |
Empresas con menos de 50 trabajadores: (julio, agosto y septiembre) | 60% trabajadores activados 35% trabajadores no activados |
Empresas con 50 trabajadores o más: (julio, agosto y semptiembre) | 40% trabajadores activados 25% trabajadores no activados |

En cuanto a los procedimientos de regulacion temporal de empleo: Qué sucede con los que sean por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP)?
En caso de los basados en estas causas derivados de la Covid-19 iniciados antes y tras la entrada en vigor del presente real decreto-ley, podrán acogerse a las condiciones en materia de exoneraciones a la cotización de los ERTE por fuerza mayor. Siempre y cuando sean inmediatamente consecutivos a un ERTE de fuerza mayor, y hasta el 30 de septiembre de 2020
Que pasa si se sufre un rebrote entre los trabajadores y hay que cerrar el centro de trabajo?
Si una empresa sufre un rebrote de la pandemia y tiene que cerrar el centro de trabajo, se establece una exoneración en las cotizaciones a la Seguridad Social.
EXONERACION | |
Empresas con menos de 50 trabajadores: | 60% trabajadores activos 80% trabajadores inactivos |
Empresas con 50 trabajadores o más | 40% trabajadores activos 60% trabajadores inactivos |
Todos estos expedientes tienen que ser aprobados por las autoridades laborales.
Hola, me pedisteis mí IRPF del 2020, lo mandé, y hoy estamos a 1/4/21 y no he recibido mi pensión vital. Tengo que pagar el alquiler de la habitación donde vivo y no se como lo voy a pagar. Responderme que he de hacer. Gracias
Hola buenas si me pudieran mandar mi revalorización anual a mi casa Carrer sant isidor8 1 iz. Daniel Alemany García 43135992k muchas gracias 634117548
[…] Además, contamos con casi 4 millones de trabajadores que se han visto afectados por un ERTE. Por lo que, Empléate, el portal gestionado por el SEPE con más de 12.000 ofertas de empleo, se […]
Hola, estoy buscando trabajo d lo k sie Jardine la limpieza hostelería….
[…] los que podemos acceder e identificarnos vía SMS. Podrás consultar el estado de tus prestaciones: Ingreso Mínimo Vital, […]