El nuevo complemento para reducir la brecha de género que entraba en vigor el pasado 4 de febrero de 2021, tiene como principal objetivo reparar el posible perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional los trabajadores, principalmente las mujeres después de tener 1 hijo/a. Esta es una de las principales causas de la brecha de género en la cuantía de la pensión y con este complemento se pretende reducirla.
Según explican desde la Seguridad Social, este complemento va dirigido principalmente a las madres, eso no significa que los padres no puedan solicitarla. Para ello deberán cumplir con una serie de requisitos que detallamos a continuación.
Requisitos
En primer lugar, esta nueva ayuda beneficia a las personas que piden la pensión a partir del 4 de febrero de 2021, fecha de entrada en vigor de la norma. Si eres mujer y has tenido uno o más hijos/as solo tendrás que cumplir otra condición. Tener derecho a recibir una pensión contributiva (de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad) de la Seguridad Social y solicitarla. Es decir, el complemento se sumará a las pensiones de jubilación ordinaria, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad.
En cuanto a los hombres, deberán cumplir una serie de obligaciones adicionales. En primer lugar la pensión que reciban tiene ser inferior a la de la madre. Si cumplen con este requisito también tendrán que probar que:
- Recibir una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos/as en común. Siempre que alguno de ellos tenga derecho a una pensión por orfandad.
- Además, los padres con hijos/as nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994 que presenten más de 120 días sin cotización (cuatro meses) entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha. En el caso de adopción, el periodo de tiempo sin cotizar debe ser desde la fecha de la resolución judicial y los tres años siguientes.
- Los padres que tengan hijos/as nacidos o adoptados a partir del 1 de enero de 1995. En este caso, podrán pedirlo cuando la suma de las bases de cotización de los 2 años después del nacimiento o a la resolución judicial sean inferiores en más de un 15% a la suma de las de los dos años anteriores.
Cuantías
Desde el organismo avisan de que «los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí». De este modo se abonará en el régimen donde se tengan más períodos de alta.
«El complemento parte de una cuantía fija de 378 €/año por hijo, hasta un máximo de 4 hijos y se abona en 14 pagas» explican desde el Organismo.
Por tanto, la persona que al pedir su pensión, acredite que cumple con los requisitos establecidos y ha tenido un hijo, contará con 27 euros más al mes, es decir 378€/año más en su pensión. Con dos hijos la cuantía del complemento aumenta a 54 euros al mes, 756€/año. Con tres se sitúa en los 81 euros al mes, 1.134€/año y con 4 alcanzaría el máximo que se puede cobrar que es de 108 euros al mes, 1.512€/año. Este importe inicial se revalorizará anualmente de acuerdo al IPC, al igual que lo hacen las pensiones. Así, los complementos reconocidos antes de 2022 se han beneficiado de una revalorización del 2,5% para este año.
Cómo solicitar el complemento
Este complemento para reducir la brecha de género se puede tramitar junto a la solicitud de la pensión contributiva. Si cumples con los requisitos puedes solicitarla a través de:
- El portal Tu Seguridad Social, siempre que tengas de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.

- Si no tienes ninguno de estos métodos de identificación, puede pedirlo a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social. En la solicitud hay que marcar la casilla específica para la solicitud de este complemento. Hay que rellenar los datos relativos a su hijo o hijos.
Para cualquier duda puede llamar al 901 166565 o al 915421176, líneas de atención telefónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En el caso de que prefieras realizar el trámite presencialmente, es necesario solicitar cita previa.