La tarjeta del paro, conocida oficialmente como tarjeta de demanda de empleo o DARDE, es un documento imprescindible para solicitar cualquier prestación, (como la prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro), cualquier subsidio (como el subsidio por desempleo o el subsidio para mayores de 52 años) o cualquier ayuda del paro (como la Renta Activa de Inserción). Además, también será necesaria para acceder a los cursos de formación o para acreditar que una persona se encuentra desempleada.

Cuando una persona pierde su trabajo, lo primero que debe hacer es solicitar este documento de demanda de empleo. Este también le será necesario para volver al mercado de trabajo lo antes posible. El SEPE lo define como: “La solicitud de un puesto de trabajo que realiza un trabajador, desempleado o no, ante una Oficina de los Servicios Públicos de Empleo del Sistema Nacional de Empleo”.

Cómo conseguir la tarjeta de demanda de empleo del SEPE

Si la persona que quiere inscribirse como demandante de empleo reside en una Comunidad Autónoma, deberá acudir a la oficina del Servicio Público de Empleo que le corresponda por la dirección de su domicilio. En función de la administración autonómica, podría ser posible realizar el trámite de forma telemática, pero lo mejor es ponerse en contacto con el servicio de empleo y consultarlo.

Cómo conseguir la tarjeta de demanda de empleo del SEPE
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Por otro lado, las personas que residan en Ceuta o Melilla también tendrán que acudir a la oficina del SEPE que le corresponda por su domicilio. Además, también podrán realizarlo a través de la Sede Electrónica del SEPE. Para ello, deberán acceder mediante su usuario y contraseña, certificado digital o DNI electrónico.

Documentación necesaria para solicitar la demanda de empleo

En ambos casos, para conseguir la tarjeta de demanda de empleo del SEPE, será necesario entregar la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad o, las personas extranjeras, el permiso de residencia y/o trabajo.
  • La cartilla de la Seguridad Social. Las personas extranjeras solo podrán aportar este documento si han trabajado antes en España.
  • Justificantes de titulación profesional o académica, en el caso de estar en posesión de alguno.

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