Como ha recalcado el Consejo General de la Abogacía Española (CGA), gracias al incremento del 5% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), se producirá una ampliación de la cobertura de la Justicia Gratuita. Es decir, podrán acceder al beneficio de la Justicia Gratuita más personas.

También ha destacado que esta nueva medida suavizará los efectos negativos del incremento del SMI, lo cual perjudicó notablemente al umbral de acceso para quienes no poseían cargas familiares.

¿Qué es la Justicia Gratuita?

La Justicia Gratuita es un servicio público prestado por 46.000 abogados adscritos al Turno de Oficio. Tiene como objetivo que sus beneficiarios puedan acceder a la justicia para cumplir con el principio de igualdad y el derecho a la tutela efectiva.

¿Quién tiene derecho a ella?

La Constitución reconoce el derecho a la Justicia Gratuita para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. También cuando así lo disponga la ley en casos específicos.

Por un lado, tienen derecho a optar a esta Justicia Gratuita las personas que acrediten insuficiencia de medios económicos.

Por otro lado también tienen derecho a optar a ella quien se encuentre en alguna de las siguientes situaciones con independencia de sus medios económicos:

  • Los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social (para defender sus derechos laborales).
  • Las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos (en juicios por su condición de víctimas).
  • Los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.

Gracias a esta ampliación de la cobertura de la Justicia Gratuita podrán acceder a ella un número más elevado de personas con respecto a los años anteriores.

Condiciones para acceder a la Justicia Gratuita

  • En primer lugar, que la persona que la solicita no alcance los ingresos económicos señalados por la ley o pertenezca a los colectivos puestos en el párrafo anterior.
  • En segundo lugar, que se solicite para litigar por derechos propios.
  • Por último, que el caso a defender no sea indefendible.

¿Dónde puedo solicitarla?

Por un lado, puedes solicitarla acudiendo al Colegio de Abogados del domicilio donde resides. También puedes solicitarla en el Juzgado más próximo a tu domicilio o en el que se tramita el procedimiento judicial, que remitirá la solicitud al Colegio de Abogado.

La página web oficiar de la Abogacía Española dispone de un simulador económico donde se autoevalúa previamente si cumples los requisitos que la Ley 1/1996, de Justicia Gratuita establece para la concesión de esta.

AMPLIACIÓN DE LA COBERTURA DE LA JUSTICIA GRATUITA

Podrás acceder a este simulador pinchando aquí.

Fuente: Abogacía Española.

Fuente de la fotografía: Abogacía Española.

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